Acceso y Admisión
Requisitos de acceso y procedimiento de admisión
Toda la información relacionada con la preinscripción y matrícula en el Máster en Petroquímica y Tecnologías del Hidrógeno, así como los plazos establecidos, está regulado por Acuerdo de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los Másteres Universitarios (enlace web: http://distritounicoandaluz.cica.es/).
Los requisitos generales de acceso al Máster son los que se establecen en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, según los cuales quienes deseen ser admitidos, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar en posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario.
- Estar en posesión de un título universitario extranjero expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
- Estar en posesión de un título universitario extranjero, equivalente al nivel de Grado en España, pero que no ha sido homologado por el Ministerio de Educación español y que faculte en su país de origen para cursar estudios de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
De acuerdo con las previsiones del art. 75 de la Ley Andaluza de Universidades, Texto Refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2013, de 8 de enero, a los únicos efectos del ingreso en los centros universitarios, todas las Universidades públicas andaluzas se constituyen en un distrito único, encomendando la gestión del mismo a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. La composición de dicha comisión quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado Texto Refundido de la ley Andaluza de universidades.
Además de los requisitos de acceso establecidos con carácter general en el artículo 18 Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, los solicitantes deberán cumplir, en su caso, los requisitos específicos de admisión que sean establecidos para el Máster.
En lo que se refiere a la accesibilidad de los sistemas de información, la Universidad de Cádiz dispone de una página web (https://www.uca.es/posgrado/masteres‐oficiales) donde se recoge, de forma pormenorizada, toda la información relativa a esta cuestión (información académico‐administrativa, estudios, recursos, formación y servicios complementarios, movilidad, etc.).
Procedimiento y criterios de admisión
Según las disposiciones del Distrito Único Universitario de Andalucía por las que se establece el procedimiento para el ingreso en los Másteres universitarios, el criterio de prelación en la adjudicación de plazas tendrá en cuenta “los requisitos de admisión y los criterios en el orden de preferencia que para cada Máster se haya establecido en la correspondiente memoria de implantación, o en su defecto, por la comisión Académica correspondiente”.
Los criterios de valoración de méritos en este Máster atenderán en primer lugar a los perfiles más afines.
Tendrán preferencia para su acceso las siguientes titulaciones, según el grado de prioridad:
- Prioridad alta: Ingeniería en Tecnologías Industriales e Ingeniería Química.
- Prioridad media: Ingenierías del ámbito Industrial.
- Prioridad baja: Matemáticas, Química, Física.
Ordenados los estudiantes que solicitan la admisión con arreglo a los criterios de valoración antedichos, serán admitidos tantos solicitantes como plazas se oferten, por estricto orden de prelación. En caso de que se produzcan renuncias, podrán optar a la admisión los solicitantes no seleccionados en primera instancia, otra vez de acuerdo a su orden de méritos.
Las solicitudes se ordenarán según la valoración que tendrá en cuenta los siguientes criterios y ponderación:
| Criterio | Ponderación |
| Expediente académico | 80 % |
| Nivel de idiomas (B2 o superior en inglés) | 20 % |
Además, para la admisión en este Máster es necesario acreditar el conocimiento de la lengua española mediante un diploma de nivel B1 o equivalente, si ésta no es la lengua oficial del país del estudiante.
La Comisión Académica del Máster establecerá y aplicará los criterios de selección, respetando los principios de mérito e igualdad de oportunidades.
Criterios de admisión específicos al itinerario formativo Dual
El itinerario formativo o en alternancia supone la realización por parte del alumnado de una parte de sus estudios dentro de las entidades participantes, o bien en colaboración con ellas. Mediante este itinerario se pretende mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje con un seguimiento individualizado por parte de la empresa y de los tutores académicos.
Un itinerario formativo en alternancia exige la presencia de un vínculo jurídico entre el alumno o la alumna y la entidad o institución en la que desarrollará la actividad formativa. Para la realización de un programa de itinerarios formativos duales o en alternancia es necesaria la suscripción de un convenio de colaboración entre la Universidad y las entidades participantes. Como información previa a la matriculación de los estudiantes se incluirá la información específica de cada itinerario, incluyendo la relación de convenios firmados con las empresas y entidades, así como la información más relevante de las mismas.
La oferta de plazas para el itinerario formativo dual es de 8 estudiantes y los criterios de admisión en dicha mención se realizará en base a la valoración del expediente académico obtenido por el solicitante en la titulación de acceso. Los niveles de preferencia de las titulaciones se ordenan de la siguiente forma:
- Prioridad alta: Ingeniería en Tecnologías Industriales e Ingeniería Química.
- Prioridad media: Ingenierías del ámbito Industrial
- Prioridad baja: Matemáticas, Química, Física.
En caso de que varios estudiantes presenten igual nivel de afinidad en una plaza ofertada por una entidad colaboradora, prevalecerá el expediente académico. La asignación de las empresas a cada estudiante será llevada a cabo de forma transparente y objetiva por la Comisión Académica del Máster, atendiendo a criterios académicos, personales y de interés profesional mutuo del alumnado y de la empresa. Las empresas intervendrán en este proceso a través de sus representantes en la Comisión Académica del Máster.
El o la estudiante que haya elegido cursar el proyecto formativo dual podrá, si lo considera oportuno, abandonarlo y realizar el itinerario no dual siempre que no haya superado la mitad de los créditos definidos en dicho proyecto dual. La Comisión Académica será el órgano responsable del análisis de las solicitudes presentadas, indicando al estudiante el itinerario más adecuado para alcanzar los objetivos y resultados de aprendizaje definidos en la Memoria del plan de estudios. En caso de abandono del itinerario formativo dual, las competencias que adquirirá en el TFM serán análogas, si bien no especializadas en ningún sector económico en concreto.
Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos
La Universidad de Cádiz ha previsto en su normativa todo lo referente a convalidaciones, reconocimiento y adaptación de créditos, estando toda la información disponible en la página web de la Universidad. El Máster estará sujeto en esta materia a lo dispuesto en dicha normativa, cumpliéndose en todo caso las especificaciones señaladas en el artículo 10 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. En cualquier caso, en la mención Dual no podrán ser reconocidos los créditos a impartir en la entidad colaboradora por actividades laborales o por prácticas académicas externas realizadas previamente, salvo reconocimiento de acuerdo con los límites establecidos en el plan de estudios.
La normativa aplicable a esta materia en la Universidad de Cádiz es el Reglamento UCA/CG12/2010, de 28 de junio, , que ha sido modificado en varias ocasiones para adecuarse a la nueva normativa marco https://secretariageneral.uca.es/wp-content/uploads/2020/03/Modificacion-_4_-Reglamento-reconocimiento-y-transferencia-creditos-_actualizacion_.pdf?u (*)
(*) El Reglamento UCA/CG12/2010 se encuentra en proceso de adaptación a las exigencias del RD 822/2021