Acceso y Admisión
Acceso al Máster en Prevención de Riesgos Laborales
Oferta de plazas: 25 alumnos
Información previa a la matriculación. Procedimiento de preinscripción y matrícula
Pulsa en el siguiente enlace para obtener la información previa a la matriculación.
Perfil recomendado para el alumnado de nuevo ingreso
El perfil del estudiante de Máster en Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Cádiz se centra en promocionar, potenciar y desarrollar al máximo los conocimientos y habilidades necesarios para que el alumno, futuro profesional de la Ingeniería Técnica Industrial aborde integralmente la formación prevista en las materias básicas y específicas del plan de estudios.
El alumno que desee cursar los estudios de Máster en Prevención de Riesgos Laborales debe poseer unas aptitudes que le permitan integrar y manejar con destreza los conocimientos adquiridos durante el periodo formativo. El éxito en estos estudios no sólo depende de las capacidades iniciales, sino también del trabajo durante la carrera y sobre todo de su motivación, no sólo, por el estudio sino por ser un profesional capacitado y responsable. Son valores importantes las siguientes habilidades, capacidades y actitudes:
Habilidades:
- Destreza para la resolución de problemas.
- Aptitud para el estudio y la organización del trabajo.
Capacidades:
- Capacidad de análisis y síntesis de la información.
- Capacidad para el razonamiento crítico.
- Capacidad de concentración.
- Capacidad de trabajo.
Actitudes:
- Responsabilidad.
- Disposición para aplicar los conocimientos a situaciones reales.
Información dirigida a estudiantes de nuevo ingreso
El coordinador del título convocará, a través del correo electrónico, a los estudiantes de nuevo ingreso a una Jornada de Presentación y Bienvenida en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Algeciras que se celebrará con antelación al comienzo del curso.
Información sobre apoyo y orientación para los estudiantes
Para la acogida de los alumnos de nuevo ingreso, la titulación dispone de un procedimiento específico común para todos los Centros de la UCA, “P03 – Procedimiento de Acogida, Tutoría y Apoyo de la formación del estudiante”. Dentro del Plan de acogida se proponen actividades de información y orientación específica para los alumnos de nuevo ingreso. Estas actividades de acogida están orientadas a facilitar la incorporación a la Universidad de Cádiz y ya tienen una larga tradición en la UCA. Con estas actividades se pretende que el estudiante conozca el Plan de Estudios, sus características y particularidades al igual que tenga información sobre los distintos servicios de la Universidad prestando un especial interés a los servicios de biblioteca, deportes y gestión administrativa de secretaría.
Para el seguimiento y acogida de los alumnos también se llevarán a cabo actividades similares a los que se organizan en la actualidad y que se recogen en el PROA del centro.
A través de los procedimientos de difusión de información para los estudiantes, citados en los párrafos anteriores, se difunde el perfil esperado para las personas que deseen cursar el Máster, así como los distintos itinerarios y alternativas de movilidad y prácticas en empresas.
Requisitos de acceso
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE nº 260 de 30 de octubre) recoge en su artículo 14 que el acceso a las enseñanzas oficiales de Máster requerirá estar en posesión del título de grado o equivalente y la superación de la prueba a que se refiere el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente.
Toda la información relativa a vías de acceso y requisitos, incluyendo los procedimientos correspondientes para cada una de las situaciones, cupos y los procedimientos de preinscripción, selección y matriculación están disponibles en la página web de la Universidad: https://www.uca.es/es/estudios-y-acceso/acceso-a-la-unversidad
En la actualidad no se prevén pruebas especiales para acceder a los estudios de Máster de Prevención de Riesgos Laborales.
Sistema de transferencia y reconocimiento de créditos
Transferencia
La transferencia de créditos consiste en incluir, en los documentos académicos oficiales del o la estudiante relativos a las enseñanzas en curso, la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial y que no puedan ser reconocidos en la titulación a la que accede.
Los módulos, las materias o asignaturas transferidas al expediente académico de los nuevos títulos no se tendrán en cuenta para el cálculo de la baremación del expediente.
En los supuestos de simultaneidad de estudios, no serán objeto de transferencia los créditos obtenidos en los mismos, salvo que estos sean objeto de reconocimiento o el estudiante renuncie a dicha simultaneidad, por abandono de dichos estudios.
La Resolución de Reconocimiento y Transferencia de créditos reflejará el acuerdo de reconocimiento y transferencia de los créditos objeto de solicitud por parte del alumno. En ella deberán constar los créditos reconocidos y transferidos y, en su caso, las asignaturas o materias que deberán ser cursadas y las que no por considerar adquiridas las competencias de esas asignaturas en los créditos reconocidos, que emitirá la comisión nombrada a tal efecto para el reconocimiento y transferencia de créditos. Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.
Cada universidad establecerá de forma anual los periodos de solicitud para el Reconocimiento y Transferencia de créditos.
Reconocimiento de créditos
Atendiendo a estas normativas, podrán ser objeto de reconocimiento de créditos:
(a) Los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros Títulos.
El reconocimiento de créditos supone la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, pueden ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos a los que hace referencia el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
(b) La experiencia laboral y profesional acreditada.
De la misma manera, la experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.
En ambos casos las competencias adquiridas en la materia/experiencia a reconocer deben estar relacionadas con las competencias inherentes al Máster en Biotecnología. En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al trabajo de fin de máster.
Datos de alumnado
TÍTULO | N.º PLAZAS OFERTADAS | PLAZAS SOLICITADAS | PLAZAS MATRICULADAS | ||||||
CURSO 2018/2019 | CURSO 2019/2020 | CURSO 2020/2021 | CURSO 2018/2019 | CURSO 2019/2020 | CURSO 2020/2021 | CURSO 2018/2019 | CURSO 2019/2020 | CURSO 2020/2021 | |
MPRL | 25 | 25 | 25 | 25 | 28 | 23 | 25 | 28 | 23 |
Normativa sobre sistema de transferencia y reconocimiento de créditos
La transferencia y el reconocimiento de créditos se realizarán según la normativa vigente de la Universidad de Cádiz establecida en cada momento, constituyendo tal normativa en el momento presente el Reglamento UCA/CG12/2010, de 28 de junio de 2010, por el que se regula el reconocimiento y transferencia de créditos en las Enseñanzas Oficiales reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOUCA nº 109, de julio de 2010).
La Memoria de verificación del título, de acuerdo con el RD 861/2010, establece que se reconocerá hasta un máximo de 9 créditos por acreditación de experiencia profesional y laboral.
La resolución del reconocimiento se hará por el total de créditos de la asignatura de destino, por lo que no podrá reconocerse un número parcial de créditos.
La solicitud de reconocimiento de créditos se realiza a través del Centro de Atención al Usuario de la Secretaría del Campus de Algeciras (PULSE AQUÍ PARA ACCEDER AL PORTAL DEL CAU DEL CAMPUS DE ALGECIRAS). Es necesario autenticarse con el usuario y la clave que se proporcionan en el momento de la matrícula.
También puede presentar la solicitud personalmente en la Secretaría de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras.